
Los requisitos son:
- Destino Habitacional, aunque también se permiten pequeños locales comerciales, siempre y cuando la superficie predominante sea la de Vivienda.
- Cumplir con las normas de Seguridad, Habitabilidad y Estabilidad, que se establecen en la Ordenanza General. Esto se refiere principalmente a la calidad de la construcción, que posea, además de la estabilidad y seguridad estructural, las condiciones de habitabilidad referidas a aislamiento, terminaciones y bienestar general para las personas que habiten en ella.
- Cumplir con las normas de las Instalaciones Interiores de electricidad, agua potable, alcantarillado y gas, que sumado a lo anterior garantizan la seguridad y bienestar de los moradores.
- Que no estén emplazadas en Franjas declaradas de Utilidad Publica, o zonas de riesgo o protección, lo que se establece en los Planes Reguladores respectivos.
Fuera de estos requisitos, las construcciones se encuentran eximidas de las normas urbanísticas referidas a Distanciamientos, Rasantes, Ocupación de Suelo, Constructibilidad, Adosamientos, etc.
No hay comentarios:
Publicar un comentario